La nueva ayuda de 734 euros que podrán pedir los jóvenes que vivan con sus padres en 2026: requisitos de la ampliación del Ingreso Mínimo Vital

enero 27, 2026
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La dificultad para abandonar el hogar familiar es una realidad palpable en la Comunitat Valenciana y en el resto del estado. Las estadísticas son claras: según el Consejo de la Juventud, la gran mayoría de los jóvenes trabajadores (7 de cada 10) no logran independizarse, retrasando la edad media de emancipación hasta los 30 años.

Este fenómeno, crónico en el sur de Europa debido a la precariedad salarial y el elevado coste de la vivienda, ha motivado la última reforma impulsada por el Gobierno.

A partir de 2026, los jóvenes mayores de 23 años podrán acceder al Ingreso Mínimo Vital (IMV) aunque residan en el domicilio de sus progenitores. La clave de esta medida reside en la actualización de la cuantía y la flexibilización de los requisitos de convivencia.

Una prestación individual de casi 734 euros

Foto: Shutterstock

La normativa actualizada permitirá que, a partir de 2026, el joven solicitante sea considerado una unidad de convivencia independiente, aunque comparta techo con sus padres. Gracias a una revalorización prevista del 11,4%, la ayuda garantizada para un beneficiario individual ascenderá a una horquilla de entre 733,6 y 733,9 euros mensuales.

Para acceder a este importe, será imprescindible acreditar que, pese a vivir bajo el mismo techo, el joven funciona como una unidad económica distinta, sin compartir gastos ni ingresos de manera estructural con sus familiares.

¿Quiénes pueden beneficiarse? Requisitos por edad

La Seguridad Social ha establecido criterios específicos dependiendo del rango de edad y la situación de vulnerabilidad del solicitante:

  • Jóvenes de 23 a 29 años: Para evitar que la ayuda desincentive la búsqueda de empleo, se endurece el requisito de independencia previa. Deberán demostrar que han vivido de forma independiente (fuera del domicilio paterno) durante al menos dos años antes de la solicitud. Esto suele acreditarse mediante contratos de alquiler, empadronamiento histórico y alta en la Seguridad Social.
  • Mayores de 30 años: En este tramo, el requisito se reduce. Bastará con acreditar haber residido fuera del hogar familiar durante el año anterior a pedir la ayuda. Existen excepciones por causas de fuerza mayor, como el fallecimiento de los padres.
  • Casos de especial vulnerabilidad (desde los 18 años): La norma es más protectora con colectivos específicos. Jóvenes extutelados por la Generalitat u otras administraciones, víctimas de violencia de género, explotación sexual o personas sin hogar podrán solicitarlo desde la mayoría de edad sin los requisitos de independencia previa.

Trámites y documentación necesaria

La gestión de esta ayuda seguirá centralizada en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Los interesados en la Comunitat Valenciana podrán tramitar su solicitud de dos formas:

  • Vía telemática: A través de la Sede Electrónica, utilizando el certificado digital o el sistema Cl@ve.
  • Presencialmente: Solicitando cita previa en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Para que el expediente sea aprobado, será necesario aportar el DNI o NIE, el certificado de empadronamiento (colectivo e histórico), la vida laboral y toda la documentación financiera que justifique la carencia de rentas y la independencia económica respecto a los padres.

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