Los nuevos requisitos para acceder a un alquiler asequible en Valencia: hasta 45 años y 7 años viviendo en la ciudad

enero 27, 2026
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El Ayuntamiento de Valencia modificará este viernes las normas para acceder al parque público de vivienda. Ante una realidad social en la que la emancipación se retrasa cada vez más, el gobierno municipal, liderado por María José Catalá, ha presentado una actualización del Plan + Vivienda que altera sustancialmente el perfil del beneficiario: el acceso prioritario al alquiler asequible se ampliará hasta los 45 años y se exigirá un arraigo de 7 años de empadronamiento en la ciudad.

Estas medidas, que se aprobarán en la Junta de Gobierno Local del próximo viernes, buscan adaptar la normativa a la «nueva realidad social» y proteger a una «clase media y trabajadora» que, pese a tener empleo, no logra acceder al mercado libre, según detalla el consistorio en un comunicado.

Prioridad para quien tenga apuesta por la ciudad

Uno de los cambios más significativos es el endurecimiento del requisito de residencia para optar a estas viviendas con carácter prioritario. El consistorio introducirá el concepto de arraigo, exigiendo que los solicitantes lleven, como mínimo, 7 años empadronados en Valencia.

Se eleva la edad: de los 35 a los 45 años

Hasta ahora, la franja de edad para acceder a ayudas o viviendas destinadas a jóvenes se cerraba a los 35 años. Sin embargo, la dificultad para emanciparse ha motivado que el consistorio eleve este techo hasta los 45 años.

Según la alcaldesa, mantener el límite anterior dejaba fuera a un gran sector de la población que sufre igualmente los precios abusivos del mercado. Al ampliar la horquilla, se reconoce a estos ciudadanos como sujetos de «protección preferente», permitiendo que desarrollen sus proyectos de vida sin verse expulsados de la ciudad por motivos económicos.

Agencia Municipal de Alquiler con alquileres por debajo de precio de mercado

Foto: Foto de Joaquin Carfagna: https://www.pexels.com/es-es/foto/ciudad-casas-arboles-parque-17274301/

El segundo gran eje del plan es la puesta en marcha de la Agencia Municipal de Alquiler, diseñada para movilizar las viviendas vacías que los propietarios no sacan al mercado.

El trato que ofrece el Ayuntamiento es el siguiente: la administración garantizará el seguro de cobro al propietario, eliminando el riesgo de impago. A cambio, el dueño deberá ofrecer el inmueble a un precio un 20% inferior al de mercado. «El propietario tendrá la seguridad de cobrar a final de mes y el inquilino podrá acceder a un hogar más barato», ha detallado María José Catalá, alcaldesa de Valencia.

Más suelo y más densidad: reconversión de solares educativos

Para aumentar la oferta, el Ayuntamiento activará parte de los 500.000 m² de solares de uso educativo que llevan décadas inactivos y que ya no son necesarios para construir colegios. Previo consenso con la Conselleria, estos terrenos se transformarán en vivienda dotacional, destinada mayoritariamente a jóvenes, integrándose en la trama urbana ya consolidada.

Además, se reformará el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para permitir una mayor densidad residencial, pasando de 75 a 140 viviendas por hectárea. Esto incluye facilitar la división de pisos grandes (aquellos antiguos con puerta de servicio) en dos viviendas más pequeñas y la reconversión de bajos turísticos en residenciales.

Requisitos económicos generales

Más allá de las novedades en edad y arraigo, los criterios económicos base disponibles en la sede electrónica del ayuntamiento para los solicitantes de vivienda pública en régimen de alquiler son los siguientes:

  • Ingresos: La unidad de convivencia debe tener ingresos mínimos anuales de 0,5 veces el IPREM y máximos de 4,5 veces el IPREM (o 5,5 veces en casos de discapacidad o familias numerosas). Es decir, 2.700 euros como ingresos mensuales máximos por unidad (IPREM de 600 € x 4,5 veces)
  • Propiedades: No se puede tener ninguna vivienda en propiedad o usufructo en territorio español (salvo excepciones justificadas de no disponibilidad).
  • Situación legal: Ser mayor de edad o menor emancipado y no estar incapacitado legalmente.

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