El Supremo confirma 29 años de prisión para la mujer que asesinó a su pareja con laxantes en Valencia

julio 25, 2025
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Valencia, 24 de julio de 2025.
El Tribunal Supremo ha ratificado la condena de 29 años de prisión impuesta a Mari Carmen, la mujer acusada de asesinar a su pareja suministrándole laxantes de forma continuada mientras se encontraba hospitalizado, y de apropiarse de su dinero mediante operaciones fraudulentas.

Un crimen con alevosía y móvil económico

Según los hechos probados, entre septiembre de 2020 y abril de 2021, la mujer —que actuaba como cuidadora y acompañante del enfermo— le administró laxantes de forma intencionada y prolongada, a sabiendas de que esto podría causarle la muerte. Como consecuencia, la víctima sufrió un cuadro de diarrea crónica, deshidratación y deterioro progresivo que lo llevó a ingresar en la UCI en marzo de 2021, falleciendo el 16 de abril a causa de un shock séptico severo.

La sentencia también considera probado que la acusada aisló a la víctima de sus familiares, desaconsejando a sus hijos que lo visitaran, lo que le permitió actuar sin ser detectada por familiares o personal médico.

Estafa agravada y apropiación de bienes

Además del asesinato, la mujer fue condenada por un delito continuado de estafa agravada, ya que se apropió de los bienes del fallecido mientras este permanecía ingresado. Entre octubre de 2020 y abril de 2021, realizó:

  • 152 extracciones bancarias por un total de 88.110 euros
  • Contratación de dos préstamos a nombre de la víctima
  • Múltiples compras en comercios
  • Uso del teléfono móvil y tarjetas del fallecido sin consentimiento

En total, la Audiencia Provincial de Valencia la condenó a pagar 135.517 euros en concepto de responsabilidad civil a la herencia del fallecido, además de dos indemnizaciones de 30.000 euros para cada uno de sus hijos por los daños morales sufridos.

El Supremo rechaza el recurso

La condenada recurrió la sentencia ante el Tribunal Supremo alegando quebrantamiento de forma, vulneración de la presunción de inocencia y errores en la valoración de la prueba, entre otros siete motivos.

Sin embargo, la Sala de lo Penal del Supremo ha rechazado todos los argumentos esgrimidos por la defensa y ha subrayado que “el jurado valoró de forma coherente el arsenal probatorio” y que la sentencia cuenta con el respaldo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El alto tribunal recuerda que su función no es ofrecer una versión alternativa de los hechos sino garantizar que se han respetado los principios constitucionales.

Finalmente, el Supremo confirma íntegramente la condena:

  • 23 años de prisión por asesinato con agravante de parentesco
  • 6 años por estafa agravada
  • Pago de costas y responsabilidad civil

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